Luego de mas de dos meses de juicio, días atrás la Cámara
I del Crimen de Córdoba, determinó, que fumigar con agro tóxicos es delito y
tiene condena. El productor agrario Francisco Rafael Parra fue declarado autor
penalmente responsable del delito de contaminación ambiental con peligro para
la salud por uso de residuos peligrosos, con tres años de prisión condicional,
diez horas de trabajos voluntarios por semana en instituciones de salud y ocho
años de inhabilitación para manipular agroquímico. Por su parte el fumigador Jorge Pancello fue encontrado
culpable, coautor responsable, con tres años de prisión condicional, trabajo
voluntario y 10 años de inhabilitación para fumigar.
Este Juicio se da en el marco de una lucha que llevan las
Madres del barrio Ituzaingo de Córdoba que vienen luchando desde hace años ya
que sus hijos sufrieron, hasta la perdida de la vida ya que el modelo
productivo imperante provocaba que sobre los campos linderos al barrio se
apliquen agrotóxicos de forma totalmente irresponsable.
Este fallo fue seguido por organizaciones y
personalidades en una multitudinaria marcha en las pertas del tribunal.
Si bien desde ULTERA creemos que no hay pena que compense
la perdida de la vida de un hijo, creemos que este fallo es un paso importante en
la lucha contra el modelo productivo imperante que va en contra de los
intereses del pueblo además de contaminar y darle un valor insignificante a la
vida priorizando la acumulación económica.
Este fallo sienta un precedente en Argentina, al igual
que lo sucedido en Paraguay años atrás cuando en un juicio condenaron a dos
empresarios sojeros a dos años de prisión en suspenso por contaminación
ambiental.
Acompañamos a las Madres del barrio Ituzaingo en su lucha
y en su dolor y nos solidarizamos con ellas,.
En diciembre de 2008, y luego de una presentación de la Subsecretaría de Salud de la Municipalidad de Córdoba, la Justicia prohibió utilizar agrotóxicos a menos de 500 metros del barrio Ituzaingó Anexo y, si las fumigaciones eran aéreas, la distancia mínima debía ser de 1500 metros.
“Fumigar en áreas urbanas viola disposiciones de la Ley Provincial de Agroquímicos y constituye un delito penal de contaminación ambiental, que se pena con hasta diez años de prisión”, explicó en 2008 el fiscal de Instrucción del Distrito III, Carlos Matheu, que determinó la figura penal de “contaminación dolosa del medio ambiente de manera peligrosa para la salud”. El fallo focalizó en dos agroquímicos: endosulfán y glifosato.
Medardo Avila Vázquez era, en 2008, subsecretario de Salud de la Municipalidad de Córdoba. Había concurrido a Ituzaingó Anexo alertado por las Madres. Observó en persona cómo aviones fumigaban sobre las viviendas. De inmediato hizo a denuncia por “envenenamiento”. El fiscal Matheu ordenó estudios en los patios de las viviendas y confirmó la presencia de endosulfán y glifosato. También allanó galpones de chacareros, encontró tambores con los agrotóxicos y (además de poner un límite a las fumigaciones) procesó a los productores sojeros, al dueño del avión fumigador y al aviador.
La denuncia de 2008 sumó otra denuncia (de 2004) de las Madres de Ituzaingó, y es la que llega a juicio hoy en la Cámara I del Crimen. Tiene su fundamento en la Ley Nacional de Residuos Peligrosos (24051). El artículo 55 reprime con pena de prisión de tres a diez años al que utilizando productos peligrosos (entre ellos los agroquímicos) “contaminaren” de un modo peligroso para la salud pública, el aire, el agua y el ambiente en general.
Durante el juicio se comprobó que, en base a un estudio oficial, sobre 142 niños del barrio a 114 se le detectó contaminación con agroquímicos. “El 80 por ciento de los chicos tiene agroquímicos en sangre”, explicó la médica Inés Flamini, de la Unidad de Pronta Atención 28 (UPA, centro de salud vecinal), una de las responsables del informe sanitario. La médica reveló que viven niños con hasta cinco y seis herbicidas e insecticidas en el cuerpo e, incluso, se detectó presencia de agroquímicos en chicos de fuera del barrio.
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